MUNICIPALIDAD DE CORREDORES

El Concejo de Corredores acuerda anexar al Reglamento General de Mercados, el transitorio segundo:

Transitorio 2°—La vigencia de contrato de alquileres relativos a los locales que operan en el mercado provisional de Ciudad Neily, cesará al entrar en operación el nuevo edificio destinado también a mercado. Los locales se sacarán a licitación pero, en igualdad de condiciones, se dará preferencia a la persona que demuestre estar ocupando local en el viejo mercado, al amparo de contrato debidamente firmado y depositado en el municipio.

Ciudad Neily, 19 de agosto de 1985.