Artículo 9ºFormalidades del contrato. El contrato a que se refiere el artículo anterior deberá confeccionarse en un original que se conservará en el expediente del funcionario y una copia que se entregará al interesado. Deberá hacerse en papel de alta calidad y tamaño carta, siguiendo la numeración de la secuencia consecutiva de contratos de la Municipalidad. En él, constará las calidades de las partes con referencia a los poderes o facultades que de la representación judicial o extrajudicial se deriven de la personería.