Artículo 7º—Número y monto de la beca: El
análisis, la definición del número total de becas y el monto de la beca para
cada nivel de estudios así como la distribución mensual del monto total a
otorgar será propuesto anualmente por la Comisión de Becas y aprobado por el
Concejo Municipal. Las becas pueden distribuirse en un monto superior al inicio
del período de estudios y luego un monto fijo mensual.