Artículo 7º—Principios
Éticos del Auditor. El auditor interno debe guiar su conducta a partir de
los siguientes principios.
a) Legalidad constitucional: principio que
exige someter toda actuación pública al ordenamiento jurídico, sólo lo
expresamente autorizado por
b) Igualdad: principio que exige tratar a
todas las personas por igual, sin ningún tipo de discriminación o distinción.
c) Regularidad: Las operaciones y actos
administrativos deben asentarse, de manera correcta, en registros confiables,
financieros y presupuestarios, de conformidad con la normativa vigente.
d) Eficiencia: Los negocios públicos deben
maximizar los resultados con los escasos recursos o fondos que disponga. Los
objetivos de trabajo deben cumplirse al menor costo posible.
e) Eficacia: Concretar las políticas
públicas y el cumplimiento de las metas y objetivos.
f) Austeridad: La asignación, adquisición
, conservación e inversión de los recursos y fondos públicos debe estar
orientada a la satisfacción plena del interés público, según el mandato del
Estado Social de Derecho, y a uso racional de éstos.
g) Transparencia: La rendición de cuentas
obliga a que el ejercicio del poder y el cumplimiento de las funciones públicas
asignadas, se haga de cara a los administrados.
h) Lealtad: Todo acto o conducta pública
debe alcanzarse en función del país, la democracia, el bien común, la libertad,
la justicia, la responsabilidad y la probidad.
i) Probidad: Se debe trabajar por el
interés público, se deben atender las necesidades prioritarias, según lo que
responsablemente se ha planificado. Esto obliga a mostrar rectitud y buena fe
en el uso de las facultades que confiere la ley.
j) Responsabilidad: Como funcionario
público se debe responder ante el país y los órganos de control, investigación
y sanción, por las faltas desde los ámbitos ético, disciplinario, civil,
político y penal.
k) Integridad: Debe prevalecer el interés
público, sobre el interés personal o familiar.
l) Objetividad: Mantener una actitud
imparcial y neutral en todas las funciones que desempeñen los funcionarios de
m) Confidencialidad: Resguardar de
terceros, la información que se obtenga en los estudios de auditoría,
especialmente cuando se suponga que los resultados obtenidos de la
investigación pueden dar origen a una relación de hechos.
o) Imparcialidad: Ser neutral en la
investigación de los hechos y en la comunicación de los resultados.
p) Justicia: Defender de forma equitativa,
objetiva y honrada los intereses institucionales.
q) Respeto: Salvaguardar los intereses
municipales de conformidad con la normativa existente, sin afectar los derechos
que otorga la ley a los funcionarios y contribuyentes.
r) Excelencia: Trabajar con la mayor
calidad posible, de conformidad con la disponibilidad de recursos de