CAPÍTULO V

Abuso en el uso del Internet y correo electrónico institucional

Artículo 14.—Abuso. Se considerará abuso en el uso del Internet y correo electrónico institucional aquellas actividades que trascienden los objetivos habituales de esas herramientas y que además perjudican directa o indirectamente a otros funcionarios o funcionarias de la institución. Estas actividades se pueden catalogar, sin ser taxativas, en los siguientes grupos:

a)         Abusivas por el contenido: Queda prohibido enviar, almacenar o distribuir mensajes cuyo contenido sea contrario o atente contra los derechos humanos contemplados en los instrumentos jurídicos internacionales ratificados por el Estado costarricense y en la legislación nacional. Asimismo, no se podrá copiar, alterar o usurpar la autoría de materiales protegido por derechos de autor, por ejemplo las Licencias de Software, de lo contrario, incurrirá en una violación a las normas que protegen la propiedad intelectual y derechos de autor, o bien, los acuerdos de licenciamiento y como consecuencia tendrá las sanciones establecidas en nuestra legislación penal.

b)         Abusivas por el medio: Queda prohibido el envío de correos electrónicos a través de una cuenta de correo ajena, o bien, sin el consentimiento expreso del propietario de la cuenta.

c)         Abusivas por no solicitadas: Queda prohibido el envío de comunicaciones electrónicas con finalidad comercial no vinculada a la institución, a una pluralidad de receptores/as que no las hayan solicitado (“spam”, cadenas u otros similares). El Departamento de Cómputo implementará los mecanismos necesarios para minimizar el impacto de correos “spam”, cadenas o similares; teniendo claro que es imposible regular de manera total la llegada de éste tipo de información.

d)         También se prohíbe el envío de comunicaciones electrónicas de cualquier otro contenido a una pluralidad de receptores (correos masivos) que no las hayan solicitado o que hayan manifestado su negativa a recibirlos. Para estos efectos, los funcionarios que no deseen el envió de correo masivos, deberán manifestarlo al Departamento de Cómputo quien levantará un listado de los mismos y lo comunicará a los funcionarios de la institución a los que se les haya asignado una cuenta de correo electrónico institucional. Se exceptúa de lo anterior: las directrices, memorándums y todo tipo de comunicación oficial.