ANEXOS

 

Definiciones relacionadas con el Capítulo de Vialidad.

 

Red Vial Nacional es el conjunto de carreteras nacionales cuya administración corresponde al Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

 

Carreteras Primarias. Son aquellas que interconectan las principales carreteras nacionales dentro del Gran Área Metropolitana y sirven de enlace, principalmente, entre los centros urbanos (cabeceras cantónales principales), aeropuertos, zonas industriales, comerciales y recreativas de importancia nacional.

 

Carreteras Secundarias. Son aquellas que sirven de enlace entre los principales centros urbanos del Área Metropolitana, no servidos por las vías primarias.

 

Carreteras Terciarias. Son aquellas que sirven de colectoras de tránsito para las vías primarias y secundarias, así como de enlace entre los centros urbanos de segundo orden (cabeceras de cantones pequeños y distritos grandes).

 

Rutas de Travesía. Conjunto de carreteras públicas nacionales que atraviesan el cuadrante de un área urbana o de calles que unen dos secciones de carretera nacional en el área referida. La red de rutas de travesía se establece, para hacer más expedito el tránsito en el centro de la ciudad (Articulo

3 Ley N°5060).

 

Red vial Cantonal, es la red de calles y caminos públicos que no forman parte de la Red Vial Nacional y cuya administración es de responsabilidad Municipal.

 

Calles Especiales: Aquellas vías cantonales que se indican en el presente Reglamento o en proyectos especiales o parciales debidamente aprobados por el INVU y/o MOPT. Su sección será la indicada en cada caso y deberán integrarse adecuadamente a la vialidad existente o propuesta para la zona. (Dentro de esta categoría se tiene el denominado Anillo Periférico y/o Intercantonal, Continuación de la Florencio del Castillo, Corredor Vial del Registro Nacional, Corredor Vial de Plaza del Sol, Bulevar Urb. El Prado, Bulevar Urb. José María Zeledón, entre otras)

 

Calles Locales Primarias: Aquellas vías que constituyen una red vial continua, sirven para canalizar las vías locales hacia sectores de la ciudad o bien, hacia carreteras de enlace entre el desarrollo propuesto y otros núcleos poblados o que se considere que puedan llegar a tener esa función.

 

Calles Locales Secundarias: Es aquella vía que sirve de enlace entre el sistema de cuadrícula vial de las cabeceras de los distritos y las calles primarias, o carreteras nacionales.

 

Calles Locales Terciarias: Vía que atiende movimientos vehiculares dentro de barrios pequeños (100 o menos unidades de vivienda) Comprende caminos en herradura, calles de continuidad limitada o sin salida

 

Peatonales: Alamedas o senderos peatonales (bulevares) Tendrán un derecho de vía mínimo de 6 m. con acera de 2 m. al centro minimo y el resto para zonas verdes. Cuando tengan salida a dos calles vehiculares su longitud podrá ser de 200 m. si no, la longitud máxima será de 135 m

 

Derecho de vía: Es el ancho total de la carretera, calle, sendero, servidumbre, medido entre las líneas de propiedad, incluyendo calzada, aceras y zonas verdes.

 

Previsión vial: Es la regulación con base en la cual se aplicará la normativa establecida para la aceptación de fraccionamientos en calles que no cumplan con las dimensiones reglamentarias establecidas en este Reglamento, para todos los efectos de las respectivas ampliaciones viales.

 

Línea de propiedad: La que demarca los límites de la propiedad en particular.

 

Calzada: Es la franja entre cordones, cunetas o zonas de drenaje destinada al tránsito de vehículos.

 

Aceras: Parte de la vía pública, normalmente ubicada en sus orillas, que se reserva para la circulación peatonal por excelencia, destinada a su libre movimiento. Es obligación del propietario construir o reconstruir las aceras ubicadas frente a sus predios con los materiales y diseño que

indique la Municipalidad.

 

Zonas verdes: Áreas libres enzacatadas o arborizadas, de uso público comunal, destinadas a la recreación

Alamedas. Son lugares de circulación peatonal exclusivamente, arborizadas y dotadas de mobiliario

urbano. Se caracterizan por ser utilizadas para circulación, paseo y recreación, ya que son espacios para juego donde se genera la relación con los vecinos entre dos edificaciones definidas.

 

Vía pública: Es todo terreno de dominio público y de uso común, que por disposición de la autoridad

administrativa se destinare al libre tránsito de conformidad con las leyes y reglamentos de planificación; incluye aquel terreno que de hecho esté destinado ya a ese uso público.

 

Ciclovía: Vía o sección de la calzada destinada, exclusivamente, al tránsito de bicicletas, triciclos y peatones. (Artículo 2 Ley de Transito por vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial N°9078)

 

Rutas Nacionales que atraviesan el Cantón de Curridabat.

 

Carreteras Primarias. En el Cantón de Curridabat se tienen las siguientes carreteras en este rango: La Carretera N° 2 Ruta Interamericana Sur, desde el limite cantonal Montes de Oca- Curridabat hasta el límite cantonal Curridabat-La Unión en la Carretera Florencio del Castillo.

 

Carreteras Secundarias. En el Cantón de Curridabat se tienen las siguientes carreteras en este rango: La Carretera N° 252 Florencio del Castillo y la previsión vial para su continuación. La carretera N°251 desde La Galera hasta el Hipermás, La carretera N°215 desde el limite cantonal San José-Curridabat (Costado Norte de Almacén Gollo) hasta la intersección con la ruta N°2, La Carretera N°210 desde La Colina hasta la intercesión con la Ruta 215 (Frente a la Municipalidad), La carretera N°211 desde el Limite Cantonal San José-Curridabat (frente al Motel Paraíso hasta La Colina) y La carretea N° 221 desde la intersección con la ruta N°215 (Frente al Banco Nacional) hasta el límite Cantonal Curridabat-La unión (Costado sur del Liceo Franco Costarricense).

 

Carreteras Terciarias. En el Cantón de Curridabat se tienen las siguientes carreteras en este rango: La Carretera N°306 desde el limite Cantonal Montes de Oca-Curridabat (sobre la Quebrada Poró) hasta el límite Cantonal Curridabat-Montes de Oca-La Unión (Granadilla Norte).

 

Rutas de Travesía. En el Cantón de Curridabat se tienen las siguientes carreteras en este rango: Ruta N°11801 desde la intersección con la Carretera N°2 (Pops) hasta la intersección con la Carretera N°215 (frente a Café Maravilloso), la Ruta N°11802 desde la intersección con la Carretera N°211 (Frente al motel Paraíso) hasta la intersección con la carretera N°210 (eje Calle 3), La Ruta N°11804 desde la intersección Ruta N°2 (La Galera) hasta la Intersección con la Ruta N°221 (Guayabos), La ruta N°11805desde intersección Ruta N°210 sobre el eje de la avenida 4 hasta la intersección con la Ruta Travesía 11802 (frente al Cementerio Curridabat) y la Ruta N°11806 desde la intersección de la Carretera N°215 sobre el eje de la calle 1 hasta la intersección con la Ruta Travesía N°11802.

 

Tablas del Capítulo de Vialidad.

 

 

Vías

Cantonales

 

Ciclovía

 

Nivel de Servicio

Mínimo (Parámetro de

diseño)

 

D

 

 

Vías

Marginales

 

Solo en Calles

Especiales

 

 

Accesos directos a

La vía

 

Permitidos

 

 

Tipos de

Intersecciones

 

A nivel

 

 

Velocidad de

Diseño mínima

 

60 km/h

 

 

20 km/h

 

Velocidad máxima

permitida

 

30 km/h

 

 

Ancho mínimo de

carriles

Según el derecho de vía

 

Según el derecho de vía

 

Número mínimo de

carriles

1 por sentido

 

1 por sentido

 

Derecho de vía

mínimo

 

-        Primarias: 14 m

 

-        Secundarias:11 m

 

-        Terciarias: 8,50 m

 

-        Peatonales: 6 m

 

-       Primarias: 14 m

 

Cruces peatonales

 

A nivel

 

A nivel

Paradas de transporte

público

 

A través de bahías en carriles

Derechos o izquierdos

 

 

Estacionamiento Lateral

 

Permitido solo en vias

Que posean un ancho

De calzada ≥ 8m

 

 

Circulación de transporte

pesado

 

Prohibida

 

 

 

 

Tabla 3. Condiciones generales de diseño de vialidad.

 

 

Anchura

 

 

 

Acera sin arbolado

 

Acera con arbolado

 

 

Mínima

 

Mínima

 

Rutas Nacionales y Vias

Comerciales

 

2.50 m.

 

3.50 m

 

Rutas Cantonales

 

1,50m.

 

2.50 m.

 

 

 

Tabla 4. Anchos de acera, vialidad.

 

 

Radio

de

curvatura

interior

 

Anchura

neta

 

 

 

 

Un

solo

sentido

 

Doble

sentido

 

 

Minimo

Minima

 

Minima

 

Ciclovia

 

4,00m.

 

1,20.

 

2,20m.

 

 

 

 

Tabla 5. Ciclovía, vialidad.

 

 

 

Anchura de la

Banda de

estacionamiento

 

Anchura de la

Calzada de

maniobra

 

 

Minima

 

Minima

 

Estacionamiento

en línea

 

2,00 m

 

2,80 m

 

 

 

 

Tabla 6. Estacionamiento en vía pública, vialidad.

 

 

Detalles gráficos complementarios al Capítulo 8

 

 

Detalle de ubicación de las rampas en las esquinas.

 

 

 

 

Detalle de acceso vehicular a predios

 

Detalle de acera con arbolado en la Red Vial Cantonal

 

Detalle de acera sin arbolado en la Red Vial Cantonal

 

 

Detalle de Alameda Peatonal

 

 

Detalle de ubicación de señales de tránsito en la acera

 

 

Calle Tipo 1

 

 

PROPUESTA CORREDOR VIAL REGISTRO NACIONAL

 

PROPUESTA TRANSISION CORREDOR VIAL REGISTRO NACIONAL

 

PROPUESTA CORREDOR VIAL PLAZA DEL SOL

 

 

 

Mapas IFAs

 

Mapa de IFA, Capacidad del Suelo.

 

 

Mapa de IFA, Geoaptitud: Factor Amenaza por Deslizamientos.

 

 

Mapa de IFA, Geoaptitud: Factor Geodinámica Externa.

 

 

Mapa de IFA, Geoaptitud: Factor Hidrogeología.

 

Mapa de IFA, Geoaptitud: Factor Amenaza por Inundaciones.

 

Mapa IFA, Geoaptitud: Factor Litopetrofísica.

 

Mapa de IFA, Geoaptitud: Factor Amenaza por Eventos Sísmicos.

 

Mapa de IFA, Geoaptitud: Factor Amenaza por Actividad Volcánica.

 

Mapa de IFA, Geológico del Cantón de Curridabat.

 

Mapa de IFA, Geomorfología.

 

Mapa de IFA, Hidrogeológico del Cantón de Curridabat.

 

Mapa de IFA, Antropoaptitud.

 

Mapa de IFA, Bioaptitud.

 

Mapa de IFA, Edafoaptitud.

 

Mapa de IFA, Geoaptitud.

 

Mapa de IFA, Integrado.

 

Mapa de IFA, Subclasificación del IFA Integrado.

 

Mapa de IFA, Neotectónico.

 

Mapa de IFA, Categorías de Sobreuso.

 

 

Mapa de IFA, Uso Actual del Suelo.