ANEXOS
Definiciones relacionadas con el Capítulo de
Vialidad.
Red Vial
Nacional es el conjunto de carreteras nacionales cuya
administración corresponde al Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
Carreteras
Primarias. Son aquellas que interconectan las principales
carreteras nacionales dentro del Gran Área Metropolitana y sirven de enlace,
principalmente, entre los centros urbanos (cabeceras cantónales principales),
aeropuertos, zonas industriales, comerciales y recreativas de importancia
nacional.
Carreteras
Secundarias. Son aquellas que sirven de enlace entre los
principales centros urbanos del Área Metropolitana, no servidos por las vías
primarias.
Carreteras
Terciarias. Son aquellas que sirven de colectoras de tránsito
para las vías primarias y secundarias, así como de enlace entre los centros
urbanos de segundo orden (cabeceras de cantones pequeños y distritos grandes).
Rutas de
Travesía. Conjunto de carreteras públicas nacionales que
atraviesan el cuadrante de un área urbana o de calles que unen dos secciones de
carretera nacional en el área referida. La red de rutas de travesía se
establece, para hacer más expedito el tránsito en el centro de la ciudad
(Articulo
3 Ley
N°5060).
Red vial
Cantonal, es la red de calles y caminos públicos que no forman parte de la Red
Vial Nacional y cuya administración es de responsabilidad Municipal.
Calles
Especiales: Aquellas vías cantonales que se indican en el
presente Reglamento o en proyectos especiales o parciales debidamente aprobados
por el INVU y/o MOPT. Su sección será la indicada en cada caso y deberán
integrarse adecuadamente a la vialidad existente o propuesta para la zona.
(Dentro de esta categoría se tiene el denominado Anillo Periférico y/o Intercantonal,
Continuación de la Florencio del Castillo, Corredor Vial del Registro
Nacional, Corredor Vial de Plaza del Sol, Bulevar Urb. El Prado, Bulevar
Urb. José María Zeledón, entre otras)
Calles
Locales Primarias: Aquellas vías que constituyen una red vial
continua, sirven para canalizar las vías locales hacia sectores de la ciudad o
bien, hacia carreteras de enlace entre el desarrollo propuesto y otros núcleos
poblados o que se considere que puedan llegar a tener esa función.
Calles
Locales Secundarias: Es aquella vía que sirve de enlace entre el
sistema de cuadrícula vial de las cabeceras de los distritos y las calles
primarias, o carreteras nacionales.
Calles
Locales Terciarias: Vía que atiende movimientos vehiculares dentro de
barrios pequeños (100 o menos unidades de vivienda) Comprende caminos en
herradura, calles de continuidad limitada o sin salida
Peatonales:
Alamedas o senderos peatonales (bulevares) Tendrán un derecho de vía mínimo de
6 m. con acera de 2 m. al centro minimo y el resto para zonas verdes. Cuando
tengan salida a dos calles vehiculares su longitud podrá ser de 200 m. si no,
la longitud máxima será de 135 m
Derecho
de vía: Es el ancho total de la carretera, calle, sendero, servidumbre, medido
entre las líneas de propiedad, incluyendo calzada, aceras y zonas verdes.
Previsión
vial: Es la regulación con base en la cual se aplicará la normativa
establecida para la aceptación de fraccionamientos en calles que no cumplan con
las dimensiones reglamentarias establecidas en este Reglamento, para todos los
efectos de las respectivas ampliaciones viales.
Línea de
propiedad: La que demarca los límites de la propiedad en
particular.
Calzada:
Es la franja entre cordones, cunetas o zonas de drenaje destinada al
tránsito de vehículos.
Aceras: Parte de
la vía pública, normalmente ubicada en sus orillas, que se reserva para la circulación
peatonal por excelencia, destinada a su libre movimiento. Es obligación del
propietario construir o reconstruir las aceras ubicadas frente a sus predios
con los materiales y diseño que
indique
la Municipalidad.
Zonas
verdes: Áreas libres enzacatadas o arborizadas, de uso público comunal,
destinadas a la recreación
Alamedas.
Son lugares de circulación peatonal exclusivamente, arborizadas y
dotadas de mobiliario
urbano.
Se caracterizan por ser utilizadas para circulación, paseo y recreación, ya que
son espacios para juego donde se genera la relación con los vecinos entre dos
edificaciones definidas.
Vía
pública: Es todo terreno de dominio público y de uso común, que por disposición
de la autoridad
administrativa
se destinare al libre tránsito de conformidad con las leyes y reglamentos de planificación;
incluye aquel terreno que de hecho esté destinado ya a ese uso público.
Ciclovía:
Vía o sección de la calzada destinada, exclusivamente, al tránsito de
bicicletas, triciclos y peatones. (Artículo 2 Ley de Transito por vías Públicas
Terrestres y Seguridad Vial N°9078)
Rutas
Nacionales que atraviesan el Cantón de Curridabat.
Carreteras
Primarias. En el Cantón de Curridabat se tienen las
siguientes carreteras en este rango: La Carretera N° 2 Ruta Interamericana Sur,
desde el limite cantonal Montes de Oca- Curridabat hasta el límite cantonal
Curridabat-La Unión en la Carretera Florencio del Castillo.
Carreteras
Secundarias. En el Cantón de Curridabat se tienen las
siguientes carreteras en este rango: La Carretera N° 252 Florencio del Castillo
y la previsión vial para su continuación. La carretera N°251 desde La Galera
hasta el Hipermás, La carretera N°215 desde el limite cantonal San
José-Curridabat (Costado Norte de Almacén Gollo) hasta la intersección con la
ruta N°2, La Carretera N°210 desde La Colina hasta la intercesión con la Ruta
215 (Frente a la Municipalidad), La carretera N°211 desde el Limite Cantonal
San José-Curridabat (frente al Motel Paraíso hasta La Colina) y La carretea N°
221 desde la intersección con la ruta N°215 (Frente al Banco Nacional) hasta el
límite Cantonal Curridabat-La unión (Costado sur del Liceo Franco
Costarricense).
Carreteras
Terciarias. En el Cantón de Curridabat se tienen las siguientes
carreteras en este rango: La Carretera N°306 desde el limite Cantonal Montes de
Oca-Curridabat (sobre la Quebrada Poró) hasta el límite Cantonal
Curridabat-Montes de Oca-La Unión (Granadilla Norte).
Rutas de
Travesía. En el Cantón de Curridabat se tienen las siguientes carreteras en este
rango: Ruta N°11801 desde la intersección con la Carretera N°2 (Pops) hasta la
intersección con la Carretera N°215 (frente a Café Maravilloso), la Ruta
N°11802 desde la intersección con la Carretera N°211 (Frente al motel Paraíso)
hasta la intersección con la carretera N°210 (eje Calle 3), La Ruta N°11804
desde la intersección Ruta N°2 (La Galera) hasta la Intersección con la Ruta N°221
(Guayabos), La ruta N°11805desde intersección Ruta N°210 sobre el eje de la
avenida 4 hasta la intersección con la Ruta Travesía 11802 (frente al
Cementerio Curridabat) y la Ruta N°11806 desde la intersección de la Carretera
N°215 sobre el eje de la calle 1 hasta la intersección con la Ruta Travesía
N°11802.
Tablas del Capítulo de Vialidad.
|
Vías Cantonales |
Ciclovía |
Nivel
de Servicio Mínimo
(Parámetro de diseño) |
D |
|
Vías Marginales |
Solo
en Calles Especiales |
|
Accesos
directos a La vía |
Permitidos |
|
Tipos
de Intersecciones |
A nivel |
|
Velocidad
de Diseño
mínima |
60
km/h |
20
km/h |
Velocidad
máxima permitida |
30
km/h |
|
Ancho
mínimo de carriles |
Según
el derecho de vía |
Según
el derecho de vía |
Número
mínimo de carriles |
1 por
sentido |
1 por
sentido |
Derecho
de vía mínimo |
-
Primarias: 14 m -
Secundarias:11 m -
Terciarias: 8,50 m -
Peatonales: 6 m |
- Primarias:
14 m |
Cruces
peatonales |
A
nivel |
A
nivel |
Paradas
de transporte público |
A
través de bahías en carriles Derechos
o izquierdos |
|
Estacionamiento
Lateral |
Permitido
solo en vias Que
posean un ancho De
calzada ≥ 8m |
|
Circulación
de transporte pesado |
Prohibida |
|
Tabla 3.
Condiciones generales de diseño de vialidad.
|
Anchura |
|
|
Acera
sin arbolado |
Acera
con arbolado |
|
Mínima |
Mínima |
Rutas
Nacionales y Vias Comerciales |
2.50
m. |
3.50 m |
Rutas
Cantonales |
1,50m. |
2.50
m. |
Tabla 4.
Anchos de acera, vialidad.
|
Radio de curvatura interior |
Anchura neta |
|
|
|
Un solo sentido |
Doble sentido |
|
Minimo |
Minima |
Minima |
Ciclovia |
4,00m. |
1,20. |
2,20m. |
Tabla 5.
Ciclovía, vialidad.
|
Anchura
de la Banda
de estacionamiento |
Anchura
de la Calzada
de maniobra |
|
Minima |
Minima |
Estacionamiento en
línea |
2,00 m |
2,80 m |
Tabla 6.
Estacionamiento en vía pública, vialidad.
Detalles
gráficos complementarios al Capítulo 8
Detalle
de ubicación de las rampas en las esquinas.
Detalle
de acceso vehicular a predios
Detalle
de acera con arbolado en la Red Vial Cantonal
Detalle
de acera sin arbolado en la Red Vial Cantonal
Detalle
de Alameda Peatonal
Detalle
de ubicación de señales de tránsito en la acera
Calle Tipo 1
PROPUESTA
CORREDOR VIAL REGISTRO NACIONAL
PROPUESTA
TRANSISION CORREDOR VIAL REGISTRO NACIONAL
PROPUESTA
CORREDOR VIAL PLAZA DEL SOL
Mapas
IFAs
Mapa de
IFA, Capacidad del Suelo.
Mapa de
IFA, Geoaptitud: Factor Amenaza por Deslizamientos.
Mapa de
IFA, Geoaptitud: Factor Geodinámica Externa.
Mapa de
IFA, Geoaptitud: Factor Hidrogeología.
Mapa de
IFA, Geoaptitud: Factor Amenaza por Inundaciones.
Mapa
IFA, Geoaptitud: Factor Litopetrofísica.
Mapa de
IFA, Geoaptitud: Factor Amenaza por Eventos Sísmicos.
Mapa de
IFA, Geoaptitud: Factor Amenaza por Actividad Volcánica.
Mapa de
IFA, Geológico del Cantón de Curridabat.
Mapa de
IFA, Geomorfología.
Mapa de
IFA, Hidrogeológico del Cantón de Curridabat.
Mapa de
IFA, Antropoaptitud.
Mapa de
IFA, Bioaptitud.
Mapa de
IFA, Edafoaptitud.
Mapa de
IFA, Geoaptitud.
Mapa de
IFA, Integrado.
Mapa de
IFA, Subclasificación del IFA Integrado.
Mapa de
IFA, Neotectónico.
Mapa de
IFA, Categorías de Sobreuso.
Mapa de
IFA, Uso Actual del Suelo.