Artículo 30.—Deberes del personal docente y
asistentes: Son deberes del personal docente y asistentes de cada CECUDI, los
siguientes:
a.
Planear, preparar y ejecutar las funciones y actividades que les corresponda de
acuerdo a su puesto, en forma cuidadosa, oportuna, actualizada y atractiva para
la población infantil y sus familias, en cumplimiento de los objetivos del
CECUDI.
b.
Realizar durante la segunda quincena del mes de enero de cada año, el
planeamiento y organización de las actividades del año lectivo, considerando la
que se realice a nivel institucional. Será obligatoria la inclusión de la
celebración de las fechas relativas al rescate de derechos humanos en general,
de los derechos de la niñez y de la adolescencia en particular, así como las
relacionadas con Ambiente, rescate de valores cívicos e histórico-culturales,
recurso hídrico, efemérides y todas aquellas celebraciones que propician una
formación y educación ciudadana integral.
c.
Comunicar oportunamente las ausencias de los niños y niñas al Coordinador
Técnico del CECUDI, para coordinar e implementar medidas de atención en caso de
que se requieran.
d.
Mantener controles acerca de las actividades, aprovechamiento y progreso de los
niños y niñas en forma individual.
e.
Preparar los materiales didácticos necesarios para facilitar sus funciones y la
comprensión y disfrute de la niñez.
f.
Participar en la organización y desarrollo de actividades cívicas, sociales y
de desarrollo comunal, en las que pueda intervenir el CECUDI.
g.
Atender y resolver consultas relacionadas con su trabajo que le presentan las
autoridades competentes, colegas, niños y niñas, sus familias o representantes.
h.
Asistir a reuniones con las autoridades competentes, superiores y compañeros y
compañeras, con el fin de coordinar actividades, mejorar metodologías y
procedimientos de trabajo.
i.
Colaborar en actividades tendientes a la conservación del CECUDI y el buen
aprovechamiento de los materiales, útiles, juegos didácticos, equipos de
trabajo y en general, de los activos del mismo.
j.
Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia armónica y
disciplinarias establecidas en el CECUDI y en este reglamento.
k.
Brindar la atención especial requerida por la población beneficiada (cambio de
pañales, cambio de ropa, alimentación, vigilancia, entre otros).
l.
Acompañar a los niños y niñas al final de la jornada, al encuentro con sus
familias o representantes.
m.
Verificar el estado general de las instalaciones físicas del centro, previo a
cerrarlas al final de la jornada diaria de trabajo (puertas y ventanas
debidamente cerradas, aparatos eléctricos desconectados, limpieza de las
instalaciones, funcionamiento de servicios sanitarios, entre otros).
n.
Verificar que en las instalaciones al cierre de la jornada diaria no queden
personas dentro del edificio.
o.
Verificar el correcto funcionamiento de los sistemas de seguridad del CECUDI
(alarmas, seguridad en puertas y ventanas, otras alarmas) y, ponerlos en
funcionamiento.
p.
Implementar las adecuaciones para el desarrollo integral de las personas
menores de edad con necesidades educativas especiales.
q.
Cuando se presuma de posibles agresiones físicas, psicológicas o sexuales a los
niños y niñas, debe informar a los superiores jerárquicos, para que se
interponga la denuncia respectiva y se realice la investigación necesaria ante
las autoridades competentes.
r.
Respetar los protocolos de evacuación y atención de emergencias, que se emitan
en la institución.
s.
Ejecutar otras tareas propias del cargo, según los requerimientos del CECUDI.