Artículo 2º—Definiciones. Para efectos de este reglamento, se
entenderá por:
2-a) MÚSICA TROVA: La trova es la composición poética compuesta
para ser cantada característica de los trovadores medievales. Así mismo es una
de las fuentes del gran árbol de la música cubana. La definición del género
musical trova es poesía con música, son canciones con letra inteligente que
cuentan una historia de amor, crítica o que contienen contenido político.
2-b) ARTISTAS INDIVIDUALES O GRUPALES: Con instrumentos musicales
como cuerdas (guitarra acústica, violín, arpa, piano), viento (clarinete, flautas,
oboe, saxofón, música andina).
2-c) PRESENTACIONES CULTURALES: Música guanacasteca, caribeña,
bailes típicos, marimbas y
presentaciones culturales.
2-d) |KARAOKE: Denomínese karaoke al aparato que emite la música
de canciones conocidas con el fin de que una o varias personas puedan poner su
voz sobre ella, leyendo sobre grabada, sobre el video clip o cobre imágenes
neutras en una pantalla, letras de las canciones; se denomina karaoke además,
el establecimiento lúdico donde hay uno de estos aparatos para que los clientes
puedan cantar, teniendo todo el acompañamiento musical respectivo.
2-e) CONCIERTO: Es una actuación musical en vivo con artistas
individuales o grupales, de origen nacional o internacional, pudiéndose
realizar en establecimientos abiertos o cenados, con tarimas o a nivel de piso
donde los artistas brindaran el concierto.
2-f) RESTAURANTE: Es un establecimiento comercial, en el mayor de
los casos público, donde se paga por la comida para ser consumidas en el mismo
local. Hoy en día existe una gran variedad de modalidades de servicio y tipos
de cocina.
2-g) BAR: Es un establecimiento comercial donde se sirven bebidas
alcohólicas y no alcohólicas en envase abierto y para consumo dentro del mismo
y aperitivos, generalmente para ser consumidos de inmediato en el mismo
establecimiento en un servicio de barra. La persona que atiende el bar suele estar
de pie, tras la barra.
2-h) DISCOTECA: Es un local público con horario preferentemente
nocturno para escuchar música grabada, bailar, interactuar con otras personas y
consumir bebidas.
Donde se utilizan Luces de todo tipo iluminando la pista de baile.
2-i) SALÓN DE BAILE: Donde la música es tocada en vivo, por lo
general. Un salón de baile es una sala grande dentro de un edificio, cuyo
propósito es llevar a cabo danzas formales que se llaman bailes.