Artículo 16.-Verificación de la validez de la firma digital. El Departamento de Tecnologías de la Información o su similar será el encargado de brindar soporte y asistencia para asuntos de verifi­cación de la validez de una determinada firma digital, capacitación de la persona funcionaria y de la implementación de nuevos servi­cios con mecanismos de firma digital.