CAPÍTULO III
De la administración de los vehículos
Artículo 8º-Sobre la administración de
los vehículos. La administración de los vehículos de la Municipalidad recaerá
en Servicios Generales. Se consideran unidades coadyuvantes en la
administración de la flotilla las jefaturas de las dependencias que solicitan
la asignación de vehículo (s), asumiendo por ello, responsabilidad respecto al
uso de los automotores a ellos asignados.
Sobre el mantenimiento de limpieza: cada
conductor deberá antes de devolver el vehículo o finalizar su turno de
servicio, dejar el vehículo, equipo especial, motocicleta, camión, vagoneta
debidamente limpia por dentro y por fuera, con el tanque de combustible lleno,
quien dará fe de esto será el conductor, la jefatura inmediata, el encargado de
Servicios Generales, o bien el Oficial de Seguridad que se encuentre de turno
en cada lugar de parqueo, quien a su vez tendrá también a cargo esa verificación
de carácter obligatorio diario, así como de notificar a Servicios Generales el
nombre del funcionario que incumpla esta disposición y el número de placa del
vehículo que utilizo.
En cuanto a los suministros: servicios
generales tendrá la responsabilidad de suministrar los equipos de limpieza a
los colaboradores, jabón, cepillos, aspiradora, desengrasante, paños y espumas
de lavado. O bien deberá contar con un fondo económico para que tanto los
vehículos como el equipo utilizado por la Policía Municipal y transito puedan
acudir a un local de lavado a lavar las unidades, para el cual deberá
establecerse un monto por lavado dependiendo el tipo de vehículo a lavar. Dicho
rubro deberá ser justificado mediante factura electrónica únicamente por unidad
lavada emitida por el local designado para tal efecto, la cual corresponderá
por lavado, encerado y aspirado, en el caso de los vehículos y motocicletas
lavado, para las vagonetas, camiones y equipo especial deberá esta limpieza
deberá ser realizada por cada conductor una vez finalizada la obra asignada,
dejar el equipo limpio y con el tanque lleno los fines de semana en el parqueo
correspondiente, esto compete también para toda la flotilla de la Institución.
Lo dispuesto en este artículo es de acatamiento obligatorio. Todo vehículo sin
excepción deberá quedar parqueado en posición de salida, obligatoriamente por
cualquier emergencia.