CAPÍTULO III

De la administración de los vehículos

Artículo 8º-Sobre la administración de los vehículos. La administración de los vehículos de la Municipalidad recaerá en Servicios Generales. Se consideran unidades coadyuvantes en la administración de la flotilla las jefaturas de las dependencias que solicitan la asignación de vehículo (s), asumiendo por ello, responsabilidad respecto al uso de los automotores a ellos asignados.

Sobre el mantenimiento de limpieza: cada conductor deberá antes de devolver el vehículo o finalizar su turno de servicio, dejar el vehículo, equipo especial, motocicleta, camión, vagoneta debidamente limpia por dentro y por fuera, con el tanque de combustible lleno, quien dará fe de esto será el conductor, la jefatura inmediata, el encargado de Servicios Generales, o bien el Oficial de Seguridad que se encuentre de turno en cada lugar de parqueo, quien a su vez tendrá también a cargo esa verificación de carácter obligatorio diario, así como de notificar a Servicios Generales el nombre del funcionario que incumpla esta disposición y el número de placa del vehículo que utilizo.

En cuanto a los suministros: servicios generales tendrá la responsabilidad de suministrar los equipos de limpieza a los colaboradores, jabón, cepillos, aspiradora, desengrasante, paños y espumas de lavado. O bien deberá contar con un fondo económico para que tanto los vehículos como el equipo utilizado por la Policía Municipal y transito puedan acudir a un local de lavado a lavar las unidades, para el cual deberá establecerse un monto por lavado dependiendo el tipo de vehículo a lavar. Dicho rubro deberá ser justificado mediante factura electrónica únicamente por unidad lavada emitida por el local designado para tal efecto, la cual corresponderá por lavado, encerado y aspirado, en el caso de los vehículos y motocicletas lavado, para las vagonetas, camiones y equipo especial deberá esta limpieza deberá ser realizada por cada conductor una vez finalizada la obra asignada, dejar el equipo limpio y con el tanque lleno los fines de semana en el parqueo correspondiente, esto compete también para toda la flotilla de la Institución. Lo dispuesto en este artículo es de acatamiento obligatorio. Todo vehículo sin excepción deberá quedar parqueado en posición de salida, obligatoriamente por cualquier emergencia.