CAPÍTULO II
De la firma de solicitudes
Artículo 6º-Para que una pieza sea válida,
para los efectos administrativos, requiere una firma digital certificada, u
holográfica consistente en la identificación inequívoca del suscriptor y puede
darse en las siguientes formas:
a) Firma digital basada en un certificado
digital emitido por Autoridad Certificadora acreditada.
b) Firma holográfica
mediante dispositivo o capturador de firmas utilizado en este municipio por
plataforma electrónica.