CAPÍTULO II

De la firma de solicitudes

Artículo 6º-Para que una pieza sea válida, para los efectos administrativos, requiere una firma digital certificada, u holográfica consistente en la identificación inequívoca del suscriptor y puede darse en las siguientes formas:

a) Firma digital basada en un certificado digital emitido por Autoridad Certificadora acreditada.

b) Firma holográfica mediante dispositivo o capturador de firmas utilizado en este municipio por plataforma electrónica.