DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO CIVIL
Resolución DG-RES-306-2024.-Direccion General de Servicio
Civil.-San José, a las catorce horas del veintinueve
de noviembre del dos mil veinticuatro.
Considerando:
1º-Que el artículo 1 de la Resolución N° DG-174- 2018 del
1 de noviembre de 2018, emitida por el Área de Organización del Trabajo y
Compensaciones dispuso: "Autorizar al Ministerio de Educación Pública,
para que asigne el pago de sobresueldos por funciones administrativas propias
de puestos sujetos al Título I del Estatuto de Servicio Civil, limitándolo a
funcionarios que desempeñen labores de índole operativo y calificado,
correspondientes a clases de puestos del Manual de Clases Anchas", no
obstante dichos sobresueldos habían tenido su génesis desde el año 2012 con la
Resolución N° DG-049-2012 del 9 de febrero de ese año.
2º-Que con el Oficio N° DVM-A-DGTH-17493-2024 del 19 de setiembre del 2024,
la Directora de Gestión del Talento Humano del Ministerio de Educación Pública,
Sra. Yaxinia Díaz Mendoza, planteó al Director
General, la necesidad de prorrogar para el año 2025, los sobresueldos
autorizados con la Resolución N° DG-174-2018, cuya última prórroga se hizo en
el año 2023 con la resolución N° DG-RES-180-2023 para el ciclo lectivo del presente
año; asimismo recomienda aplicar la excepción en la vigencia de los
sobresueldos de las clases Oficial de Seguridad de Servicio Civil 1 y Auxiliar
de Vigilancia de Centro Educativo; a fin de que se autoricen con fecha rige 1
de enero y por un período de 2 años a partir de enero del 2025, para brindar el
servicio de vigilancia en forma continua y salvaguardar los bienes del Estado.
3º-Que el Área de Organización del Trabajo y Compensaciones de esta
Dirección General, analizó la solicitud realizada, y para estos efectos emitió
el informe N° AOTC-UCOM-INF-16-2024 del 06 de noviembre del 2024, determinando
que se puede aprobar la prórroga del sobresueldo solicitado para las clases
respectivas para el año 2025 y no por dos años como solicitó en un inicio el Ministerio
de Educación Pública.
4º-Que la Asesoría Jurídica de esta Dirección General, mediante oficio
AJ-OF-497-2024 del 29 de noviembre del 2024, revisó el texto de esta
resolución, dictaminando que el mismo se encuentra ajustado a la normativa
vigente y realiza sugerencias de formato, mismas que fueron acatadas en el
presente texto.
Por tanto, el Director General a.í. con
fundamento en las atribuciones conferidas con el Acuerdo N° 169- P del 23 de
diciembre de 2022, publicado en La Gaceta N° 11 del 23 de enero del
2023; el numeral 9 del Estatuto de Servicio Civil, Ley N° 1581 del 30 de mayo
de 1953; así como lo dispuesto en el Oficio N° MIDEPLAN-DM-OF-0958-2024 del 27
de noviembre del presente año, suscrito por la señora Laura Fernández Delgado,
Ministra a. í. de Planificación Nacional y Política Económica;
RESUELVE:
Artículo 1º-Modifíquense los artículos 6 y 7 de la
Resolución N° DG-174-2018 del 1 de noviembre de 2018, para que se lean:
"Artículo
6º-Durante el curso lectivo
del 2025, el Ministerio de Educación
Pública deberá aplicar los procedimientos
y mecanismos de control necesarios
para la correcta asignación
y administración de los sobresueldos aquí normados.
Lo anterior sin detrimento de las facultades conferidas a esta Dirección
General de Servicio Civil, en cuanto a revisión, asesoría, control y demás en
materia de gestión de los recursos humanos.
Todas las solicitudes de pago de sobresueldo por los
conceptos contenidos en la presente resolución deberán ajustarse en lo aquí
expuesto."
"Artículo 7º-Los sobresueldos citados en el artículo
primero de esta resolución, tienen vigencia solamente para el curso lectivo del
año 2025 y el pago de éstos corresponde, para los funcionarios nombrados
mediante la modalidad de salario compuesto, hasta un máximo del 50% (cincuenta
por ciento) del salario base al mes de julio del año 2018, de la clase de
puesto respectivo.
Para el caso de los funcionarios que son pagados mediante
la modalidad de salario global, se les deberá pagar de conformidad con lo
indicado en la Resolución N° DG-RES-144-2024 del 19 de junio del 2024.
Exceptúese de la vigencia consignada en el párrafo trasanterior, los sobresueldos de las clases de Oficial de
Seguridad de Servicio Civil 1 y Auxiliar de Vigilancia de Centro Educativo,
cuya vigencia se autoriza desde el 1° de enero del 2025 hasta el 31 de
diciembre del 2025."