Artículo 4º-Esta Resolución rige a partir
del 1 de enero de 2025 y es aplicable en estricto apego a las fechas o plazos
consignados en las modificaciones a los artículos 6 y 7 de la Resolución N°
DG-174-2018 del 1 de noviembre de 2018, efectuadas mediante el artículo 1 de la
presente Resolución, quedando sujetas a disponibilidad presupuestaria.
Publíquese.