Artículo 4º-Esta Resolución rige a partir del 1 de enero de 2025 y es aplicable en estricto apego a las fechas o plazos consignados en las modificaciones a los artículos 6 y 7 de la Resolución N° DG-174-2018 del 1 de noviembre de 2018, efectuadas mediante el artículo 1 de la presente Resolución, quedando sujetas a disponibilidad presupuestaria.

Publíquese.