TÍTULO V
CONTRATACIÓN PÚBLICA
ARTÍCULO 209
Introducción
1. Las Partes reconocen la contribución que las contrataciones transparentes, competitivas y abiertas aportan al desarrollo económico sostenible, y se fijan como objetivo la apertura efectiva, recíproca y gradual de sus respectivos mercados de contratación.
a) "mercancías y servicios comerciales" significa mercancías y servicios del tipo generalmente vendido o puesto a la venta en el mercado comercial a, y usualmente adquirido por, compradores no gubernamentales para fines no gubernamentales;
b) "procedimiento de evaluación de la conformidad" significa todo procedimiento utilizado, directa o indirectamente, para determinar que se cumplen los requisitos pertinentes de las normas o reglamentos técnicos;
c)
"servicio de construcción" significa un servicio que tiene como
objetivo la realización, por cualquier medio, de obras civiles o de
construcción, con base en la división 51 de
d) "subasta electrónica" significa un proceso iterativo que implica el uso de medios electrónicos para la presentación, por parte de proveedores, de nuevos precios o nuevos valores para elementos cuantificables no relacionados con el precio de la oferta, relacionados con los criterios de evaluación, o ambos, que resulte en una categorización o recategorización de las ofertas;
e) "por escrito" o "escrito" significa cualquier expresión en palabras o cifras que pueda leerse, reproducirse y después comunicarse; puede incluir información transmitida y almacenada electrónicamente;
f) "licitación restringida" significa un método de contratación mediante el cual una entidad contratante contacta a un proveedor o unos proveedores de su elección;
g) "lista de proveedores" significa una lista de proveedores que una entidad contratante ha determinado que satisfacen las condiciones para formar parte de esa lista y/o los requisitos formales para ser incluidos en la misma, y que la entidad contratante planea usar más de una vez;
h) "medida" significa cualquier ley, reglamento, procedimiento, guía o práctica administrativa de una entidad contratante relacionada con una actividad de contratación cubierta;
i) "aviso de contratación futura" significa un aviso publicado por una entidad contratante por el que se invita a los proveedores interesados a presentar una solicitud de participación, una oferta, o ambas, de acuerdo con la legislación de cada Parte;
j) "condición compensatoria" significa una condición o compromiso que fomente el desarrollo local o mejore las cuentas de la balanza de pagos de una Parte, tales como el uso de contenido nacional, la concesión de licencias de tecnología, inversión, comercio de compensación y acciones o requisitos similares;
k) "licitación abierta" significa un método de contratación mediante el cual todos los proveedores interesados pueden presentar una oferta;
l) "entidad contratante" significa una entidad cubierta por una Parte en las secciones A, B o C del apéndice 1 (Cobertura) del anexo XVI (Contratación pública);
m) "proveedor cualificado" significa un proveedor al cual una entidad contratante reconoce el cumplimento de las condiciones de participación;
n) "licitación selectiva" significa un método de contratación mediante el cual una entidad contratante únicamente invita a ofertar a los proveedores calificados o registrados;
o) "servicios" incluye los servicios de construcción, a menos a que se especifique lo contrario; y
p) "especificación técnica" significa un requisito de contratación que:
i) establece las características de mercancías o servicios que deban ser contratados, incluidos calidad, desempeño, seguridad y dimensiones, o los procesos y métodos para su producción o suministro; o
ii) hace referencia a requisitos de terminología, símbolos, embalaje, marcado o etiquetado, aplicables a una mercancía o a un servicio.