ANEXO XII

 

CONCESIONES ARANCELARIAS PARA PRODUCTOS AGRÍCOLAS

PANAMÁ E ISLANDIA

 

Sección 1 – Concesiones de Panamá

 

1. Panamá otorgará concesiones arancelarias a los productos agrícolas originarios de Islandia, de conformidad con lo especificado en esta Sección.

2. Las siguientes categorías de desgravación listadas en el Cuadro 1 de esta Sección, se aplicarán a las importaciones procedentes de Islandia, de conformidad con las concesiones arancelarias otorgadas por Panamá:

(a) los aranceles sobre las mercancías incluidas en la categoría “A” en la Lista de Panamá, serán eliminados y dichas mercancías quedarán libre de arancel, en la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo;

(b) los aranceles sobre las mercancías incluidas en la categoría “B” en la Lista de Panamá serán eliminados en cinco etapas anuales iguales, a partir de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo y dichas mercancías quedarán libre de arancel a partir del 1 de enero del año cinco;

(c) los aranceles sobre las mercancías incluidas en la categoría “C” en la Lista de Panamá serán eliminados en diez etapas anuales iguales, a partir de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo, y dichas mercancías quedarán libre de arancel a partir del 1 de enero del año 10;

(d) los aranceles sobre las mercancías incluidas en la categoría “D” en la Lista de Panamá serán eliminados en quince etapas anuales iguales, a partir de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo, y dichas mercancías quedarán libre de arancel a partir del 1 de enero del año 15;

(e) los aranceles sobre las mercancías incluidas en la categoría “E” en la Lista de Panamá mantendrán los aranceles NMF. Estas mercancías están excluidas de la eliminación o reducción del arancel.

(f) Los aranceles sobre las mercancías que no pertenecen a ninguna de las categorías previstas en los párrafos (a) al (e) de esta Sección, serán reducidos al nivel establecido en la columna Categoría de la Lista de Panamá a partir de la entrada en vigor de este Acuerdo.

3. Para los efectos de esta Sección, año uno significa el año de entrada en vigor de este Acuerdo según lo dispuesto en el Artículo 13.6.

4. Para los efectos de esta Sección, a partir del año dos, cada etapa anual de reducción arancelaria se hará efectiva el 1 de enero del año correspondiente.

5. La tasa base del arancel de importación de mercancías, sobre la cual serán aplicadas las reducciones sucesivas de conformidad con esta Sección, será la tasa de la Nación Más Favorecida aplicada el 1 de enero de 2012.

6. Si en cualquier momento después de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo Panamá reduce su arancel aplicado de Nación Más Favorecida a las importaciones, dicho arancel de importación se aplicará si es menor que el arancel de importación calculado de conformidad con esta Sección.

Cuadro 1

Lista de concesiones arancelarias de Panamá, SA 2012

 

Sección 2 – Concesiones de Islandia

 

Los siguientes términos y condiciones se aplicarán a las concesiones arancelarias otorgadas por Islandia para los productos agrícolas del Cuadro 1 de esta Sección:

1. Islandia aplicará a Panamá los aranceles aduaneros que figuran en la columna 5.

2. Para los productos originarios clasificados como “PAP” (Productos Agrícolas Procesados), se aplicarán las siguientes disposiciones:

a) Con el fin de tener en cuenta las diferencias en el costo de las materias primas agrícolas, incorporadas en los productos identificados como productos agrícolas procesados ("PAP"), este Acuerdo no impide el recaudo de un arancel a la importación a menos que se especifique lo contrario en las columnas 5 del Cuadro 1 de esta Sección.

b) Los aranceles aplicados sobre la importación por las Partes estarán basados en, pero no excederán, la diferencia entre el precio interno y el precio del mercado mundial de las materias primas agrícolas incorporadas en los productos en cuestión.

c) Sin perjuicio de las disposiciones establecidas en los párrafos 2 (a) y (b), Islandia concederá a los productos identificados como PAP, originarios de Panamá, un trato no menos favorable que el concedido a la Unión Europea.

d) Islandia publicará los aranceles a la importación aplicables para los productos agrícolas procesados en el sitio web de la Secretaría de la AELC.

Cuadro 1

Lista de concesiones arancelarias de Islandia, SA 2012