DIRECTRIZ

Ref. N° 003-2016-MTSS

N° 41 - MTSS

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

En uso de las facultades conferidas por el artículo 140, incisos 3), 18) y 20) de la Constitución Política, en concordancia con los artículos 25.1, 27.1, 99 y 100 de la Ley General de la Administración Pública; 2°, 5° y 6° de la Ley Orgánica, y 3° y 4° del Reglamento de Reorganización y Racionalización, ambos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Considerando:

I. Que el artículo 148 del Código de Trabajo concede feriado los días jueves y viernes santos, que para este año corresponde a los días 24 y 25 de marzo del 2016.

II. Que muchos funcionarios públicos tienen cumplidos sus períodos de vacaciones, correspondiendo por lo tanto programar sus vacaciones a efectos de evitar su acumulación, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.

III. Que el artículo 153 del Código de Trabajo establece el derecho de todo trabajador de disfrutar de vacaciones anuales remuneradas y el artículo 158 del mismo cuerpo normativo, permite el fraccionamiento del periodo de vacaciones en dos tantos, cuando haya convenio entre las partes.

IV. Que con ocasión de la celebración de la Semana Santa, y con el objeto de que los funcionarios públicos dediquen mayor tiempo al disfrute y descanso en familia, es oportuno conceder, a título de vacaciones, los días 21, 22 y 23 de marzo del 2016.

V. Que la pronta definición en el otorgamiento de vacaciones impactará positivamente al país, aumentando al menos en un cinco por ciento las reservas en hoteles y lugares de hospedaje, lo que equivaldría a un monto de trescientos treinta mil dólares diarios, cifra a la cual se le sumaría lo generado por restaurantes, auto rentistas, tour operadores, entre otros.

VI. Que lejos de producirse un costo adicional, lo que se presentará es un ahorro en términos del costo de los servicios básicos que implica el abrir los edificios para una afluencia muy baja de empleados que programan sus vacaciones en esas fechas y de ciudadanos que demandan los servicios de las instituciones, haciendo además muy complicada la interacción entre instituciones. Por tanto,

Se emite la siguiente,

DIRECTRIZ

DIRIGIDA A TODOS LOS JERARCAS DE LOS MINISTERIOS

E INSTITUCIONES AUTÓNOMAS Y SEMIAUTÓNOMAS

Artículo 1º—Autorizar la concesión a título de vacaciones a los servidores públicos, los días 21, 22 y 23 de marzo del 2016.