DIRECTRIZ
Ref.
N° 003-2016-MTSS
N° 41 - MTSS
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
En
uso de las facultades conferidas por el artículo 140, incisos 3), 18) y 20) de la
Constitución Política, en concordancia con los artículos 25.1, 27.1, 99 y 100
de la Ley General de la Administración Pública; 2°, 5° y 6° de la Ley Orgánica,
y 3° y 4° del Reglamento de Reorganización y Racionalización, ambos del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Considerando:
I. Que el artículo 148 del Código de Trabajo concede feriado los
días jueves y viernes santos, que para este año corresponde a los días 24 y 25
de marzo del 2016.
II. Que muchos funcionarios públicos tienen
cumplidos sus períodos de vacaciones, correspondiendo por lo tanto programar
sus vacaciones a efectos de evitar su acumulación, de conformidad con lo
establecido en la normativa vigente.
III. Que el artículo 153 del Código de
Trabajo establece el derecho de todo trabajador de disfrutar de vacaciones
anuales remuneradas y el artículo 158 del mismo cuerpo normativo, permite el
fraccionamiento del periodo de vacaciones en dos tantos, cuando haya convenio
entre las partes.
IV. Que con ocasión de la celebración de la
Semana Santa, y con el objeto de que los funcionarios públicos dediquen mayor
tiempo al disfrute y descanso en familia, es oportuno conceder, a título de
vacaciones, los días 21, 22 y 23 de marzo del 2016.
V. Que la pronta definición en el otorgamiento de vacaciones
impactará positivamente al país, aumentando al menos en un cinco por ciento las
reservas en hoteles y lugares de hospedaje, lo que equivaldría a un monto de
trescientos treinta mil dólares diarios, cifra a la cual se le sumaría lo
generado por restaurantes, auto rentistas, tour operadores, entre otros.
VI. Que
lejos de producirse un costo adicional, lo que se presentará es un ahorro en
términos del costo de los servicios básicos que implica el abrir los edificios
para una afluencia muy baja de empleados que programan sus vacaciones en esas
fechas y de ciudadanos que demandan los servicios de las instituciones,
haciendo además muy complicada la interacción entre instituciones. Por
tanto,
Se
emite la siguiente,
DIRECTRIZ
DIRIGIDA A TODOS LOS
JERARCAS DE LOS MINISTERIOS
E INSTITUCIONES
AUTÓNOMAS Y SEMIAUTÓNOMAS
Artículo
1º—Autorizar la concesión a título de vacaciones a los servidores públicos, los
días 21, 22 y 23 de marzo del 2016.