Artículo 9
Artículo 9.—Funciones del Subdirector General
El Subdirector General tendrá las siguientes funciones:
- Ejercer las potestades que le confiere su calidad de superior jerárquico subordinado.
- Colaborar con el Director General en la definición de las políticas, directrices y disposiciones que regulan el Sistema Aduanero Nacional, de conformidad con lo que establece la legislación vigente y velar por su aplicación.
- Apoyar al Director General en la organización y control de las dependencias del Servicio Nacional de Aduanas, comunicar las políticas y procedimientos que se han de seguir y velar por su cumplimiento puntual y oportuno.
- Participar en el control y seguimiento de los servicios que brinda la Dirección General, a fin de mantener una calidad óptima en estos.
- Apoyar al Director General en la determinación de necesidades en lo concerniente a presupuesto, recursos humanos, tecnológicos y materiales, sistemas de información, y comunicaciones y en el establecimiento de procedimientos de trabajo que permitan una gestión eficaz y eficiente.
- Cumplir y hacer cumplir las políticas, planes y programas Servicio Nacional de Aduanas.
- Rendir al Director General información sistemática, oportuna y confiable, que sea necesaria para la buena marcha del Servicio.
- Sustituir en sus ausencias temporales al Director General, con sus mismas atribuciones.
- Otras que le delegue o encomiende el Director.
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