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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25270 >> Fecha 14/06/1996 >> Articulo 154
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Normativa - Decreto Ejecutivo 25270 - Articulo 154
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Artículo 154
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SECCION IV

SECCION IV

Empresas del régimen de perfeccionamiento activo

Artículo 154.—Procedimiento específico de autorización de las empresas que se acojan al régimen de perfeccionamiento activo

Para el otorgamiento de la condición de Auxiliar, además de los requisitos exigidos por la legislación especial, las empresas que se acojan al régimen de perfeccionamiento activo, deberán acreditar ante el órgano administrador del régimen, el cumplimiento los requisitos generales y específicos que la Ley y este reglamento establecen para esta categoría de Auxiliar.

 

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