N° 6873
(NOTA
DE SINALEVI: Sobre este tema, La
Asamblea Legislativa de Costa Rica, había emitido anteriormente el Contrato
Gobierno de CR e IICA sobre creación del CATIE, aprobado mediante ley N°
5201 del 23 de mayo de 1973)
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el contrato entre el Gobierno de
la República y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura,
sobre el Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza, suscrito en
San José, el 21 de febrero de 1983 y cuyo texto es el siguiente.
“CONTRATO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACION PARA LA
AGRICULTURA
SOBRE EL CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION
Y ENSEÑANZA
El Gobierno de la República de Costa Rica, de aquí en
adelante el gobierno, representado por su Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto, Fernando Volio Jiménez y su Ministro de
Agricultura y Ganadería, Francisco Morales Hernández, debidamente autorizados
para este acto por el señor Presidente de la República y el Instituto
Interamericano de Cooperación para la Agricultura, de aquí en adelante el IICA,
representado por su Director General, Francisco Morillo Andrade, han convenido
en el presente contrato, sujeto a los considerandos y cláusulas siguientes:
Considerando:
Que el Gobierno y el IICA suscribieron el 12 de enero de
1973 un contrato por medio del cual se estableció el “Centro de Agronómico
Tropical de Investigación y Enseñanza”, en adelante denominado el CATIE;
Que la Junta Interamericana de Agricultura del IICA, en
resolución adoptada en su Primera Reunión Ordinaria, celebrada del 10 al 14 de
agosto de 1981, en Buenos Aires, República Argentina (IICA/JIA/Res. 14
(1.8.81), acordó autorizar al Director General a negociar con el Gobierno de
Costa Rica y con los países e instituciones interesadas, un nuevo contrato
sobre el CATIE, que permitiera su reorganización;
Que de acuerdo con la resolución anterior y conforme con
el artículo 21 del contrato original sobre le CATIE, el Director General del
IICA denunció ante el Gobierno, el día 14 de octubre de 1981, el contrato
señalado, para así proceder a la negociación de uno nuevo.
Que el Gobierno y el IICA, ante la vital importancia de
asegurar el mantenimiento de los programas y actividades del CATIE en beneficio
del progreso agrícola de la región, han negociado un nuevo Contrato, que
permitirá la continuidad y financiamiento del CATIE y la realización de sus
objetivos, dentro de un marco de juridicidad flexible y expedido.
Que la Junta Interamericana de Agricultura, en la Tercera
Sesión Plenaria de su Segunda Reunión Extraordinaria, celebrada el 28 de
octubre de 1982, en San José, Costa Rica, aprobó el texto del nuevo contrato
sobre el CATIE y por Resolución (IICA/JIA/Res. 16 (II-E/82), autorizó al
Director General del IICA, a firmar dicho Contrato con el Gobierno de Costa
Rica, en la fecha que se estimara más conveniente, antes del 30 de mayo de
1983.
Por tanto,
ACUERDAN:
CAPITULO I
De la Naturaleza,
Denominación y Domicilio
Primera: El objeto del presente Contrato es la
constitución de una Asociación Civil de carácter científico y educacional, cuyo
propósito será la investigación en el campo de las ciencias agropecuarias,
forestales y afines, en beneficio de las regiones del trópico americano,
particularmente de Centro América y el Caribe; y la enseñanza de posgrado en ciencia
agropecuarias, forestales y afines, según los convenios y programas que el
afecto se lleguen a concretar con la Universidad de Costa Rica u otras,
públicas o privadas, nacionales o extranjeras.