272
CAPITULO SEXTO
Del Acceso al Expediente
y sus Piezas
Artículo 272.-
1. Las partes y sus representantes, y cualquier
abogado, tendrán derecho en cualquier fase del procedimiento a examinar,
leer y copiar cualquier pieza del expediente, así como a pedir
certificación de la misma, con las salvedades que indica el
artículo siguiente.
2. El costo de las
copias y certificaciones será de cuenta del petente.
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