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 Normativa >> Ley 6227 >> Fecha 02/05/1978 >> Articulo 245
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Normativa - Ley 6227 - Articulo 245
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Artículo 245
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245

Artículo 245.-

La notificación contendrá el texto íntegro del acto con indicación de los recursos procedentes, del órgano que los resolverá, de aquél ante el cual deben interponerse y del plazo para interponerlos.

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