Artículo 35.-Todos los habitantes del Estado sin distinción ni excepción
alguna, esta’n obligados: 1º a obedecer y respetar las leyes y las
autoridades que por ellas existan: 2º a contribuir en justa proporción de sus
facultades al sostenimiento de la administración pública: 3º a servir en
todos los destinos a que sean llamados si la ley no los exceptúa: y 4º a
defender la patria, aun con sacrificio de su vida e intereses.
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