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CÓDIGO NOTARIAL
TÍTULO I
ORGANIZACIÓN DEL NOTARIADO PÚBLICO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- Notariado público
El notariado público es la función
pública ejercida privadamente. Por medio de ella, el funcionario habilitado asesora a las
personas sobre la correcta formación legal de su voluntad en los actos o contratos
jurídicos y da fe de la existencia de los hechos que ocurran ante él.
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