Artículo 103.Reposición por robo o pérdida de placa
temporal
En caso de pérdida o destrucción del documento de placa temporal, se
deberá solicitar la reposición a la Unidad de Placas, aportando constancia de la
Dirección General de la Policía de Tránsito de que la placa no ha sido detenida, copia
de la denuncia ante la Autoridad Judicial cuando proceda o declaración jurada sobre la
destrucción o pérdida de la misma.
La expedición del duplicado determinará por sí sola la nulidad de la
placa original.
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