Nº 29047-COMEX
Nº 29047-COMEX
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
De conformidad con las atribuciones que les conceden los incisos 3) y 18) del artículo
140 de la Constitución Política; el artículo 28, párrafo 2, inciso b) de la Ley
General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo
18 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos
(ODECA), Ley Nº 7502 del 3 de mayo de 1995; los artículos 6º y 7º del Convenio sobre
el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, Ley Nº 6986 del 3 de mayo de 1985; y
los artículos 28, 36, 37, 38, 39 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración
Económica Centroamericana, Ley Nº 7629 del 16 de setiembre de 1996.
Considerando:
1ºQue el Consejo de Ministros de Integración Económica, mediante Resolución
N° 61-2000 (COMIECO-XV) de fecha 27 de setiembre del 2.000, acordó aprobar la
modificación del Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero Internacional,
Formulario de Declaración e Instructivo.
2ºQue en cumplimiento con el ordinal anterior, debe de ponerse
en vigencia la citada resolución en los países centroamericanos. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º
(Así derogado expresamente por la
Resolución N° 65- 2001 Reglamento de Tránsito Aduanero Internacional
Terrestre Decreto Ejecutivo N° 29441- COMEX del 30 de marzo del 2001, publicado en
la Gaceta N° 91 Alcance 33-A del 14 de mayo del 2001)
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