Artículo 4ºPublicidad de los trámites y sujeción a la ley
Artículo 4ºPublicidad de los trámites y sujeción a la ley.
Todo trámite o requisito, con independencia de su fuente normativa, para que pueda
exigirse al administrado, deberá:
a) Sujetarse a lo establecido por ley y fundamentarse estrictamente en
ella.
b) Estar publicado en el Diario Oficial La Gaceta, junto con los
instructivos, manuales, formularios y demás documentos correspondientes y estar ubicado
en un lugar visible dentro de la institución. Asimismo, en un diario de circulación
nacional, deberá publicarse un aviso referido a dicha publicación.
Dichos trámites o requisitos podrán ser divulgados también
recurriendo a medios electrónicos.
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