SECCION VI
Artículo 38.—Funciones
de
la Sección Técnica
Operativa.
La Sección Técnica
Operativa se encuentra adscrita al Departamento Técnico y tiene las siguientes
funciones:
a. Ejercer las
acciones necesarias para garantizar el control de los procesos de despacho de
importación y exportación de las mercancías objeto de control de la aduana,
sin menoscabo de los principios de facilitación de las operaciones de comercio
exterior.
b.
Autorizar y efectuar las actividades y trámites de ingreso, uso, permanencia y
salida de mercancías destinadas a los regímenes aduaneros previstos por la
legislación aduanera.
c.
Registrar el resultado de la revisión en la aplicación informática,
autorizando el levante de la mercancía.
d.
Señalar en la aplicación informática, inconsistencias encontradas en la
revisión de las Declaraciones Aduaneras, incluyendo además las fichas técnicas
de riesgo y proceder de conformidad con los procedimientos y normativa que
corresponda, informando a la aduana de control los casos en que se varió a
revisión física, para su debida y oportuna atención.
e.
Efectuar los procesos de extracción de muestras de mercancías, asegurando su
custodia, y tramitar el envío de las mismas para su análisis en el Laboratorio
Aduanero.
f.
Efectuar el control y seguimiento de las garantías aportadas por los
declarantes en los diferentes regímenes aduaneros.
g.
Llevar el control, custodia, registro, renovación, devolución o ejecución de
las garantías y prendas aduaneras, que deban rendir los auxiliares de la función
pública y demás entes ante la aduana, para destinar las mercancías a los regímenes
aduaneros y modalidades correspondientes.
h.
Coordinar y controlar la ejecución de medidas de seguridad necesarias para
prevenir daños o sustracciones sobre mercaderías en custodia de la aduana.
i.
Efectuar el control de equipajes, de conformidad con los procedimientos y
normativa vigentes.
j.
Coadyuvar con el Departamento Normativo en la resolución de las solicitudes de
sustitución, en caso de que se requiera un criterio técnico relacionado con
las mercancías objeto de la solicitud.
k.
Realizar los estudios pertinentes para la correcta determinación de la
clasificación arancelaria, valor y origen de las mercancías cuyo levante es
autorizado con rendición de una garantía.
l.
Autorizar y renovar los permisos de importación temporal de vehículos
automotores terrestres, aéreos y marítimos con fines no lucrativos.
m.
Coordinar con las dependencias correspondientes, la información del resultado
de las investigaciones realizadas por la aduana, que deba ser incorporada en el
sistema informático.
n.
Requerir de los importadores, exportadores, y auxiliares de la función pública
aduanera o terceros con ellos relacionados, la documentación necesaria para el
ejercicio de sus funciones, cuando la información no se encuentre en la base de
datos.
o.
Solicitar a
la Gerencia
de
la Aduana
autorización para modificar el tipo de revisión asignado por el sistema
informático.
p.
Colaborar con
la Jefatura
del Departamento en la obtención de la información, elaborando informes y
reportes sobre los movimientos de las operaciones de
la Sección.
q.
Coordinar con
la Jefatura
del Departamento la implementación de índices e indicadores de gestión para
evaluar el cumplimiento de las funciones y objetivos de
la Sección.
r.
Revisar y analizar las operaciones y servicios aduaneros de
la Sección
, a efecto de recomendar al Jefe del Departamento los cambios procedimentales.
s.
Analizar, evaluar y dar seguimiento a la ejecución de recomendaciones por parte
de la aduana, contenidas en informes de órganos contralores relacionados con
sus funciones.
t.
Coadyuvar con
la Gerencia
, suministrando la información requerida para el establecimiento de criterios
de riesgo que la aduana deberá aplicar, según lo determinado por
la Dirección
de Gestión de Riesgo.
u.
Resolver consultas verbales y escritas en materia de
la Sección
, analizando el contenido de las consultas de acuerdo al marco legal, operativo
y técnico.
v.
Realizar las investigaciones necesarias para prevenir, impedir y combatir el
contrabando y la defraudación fiscal aduanera.
w.
Informar a
la Jefatura
del departamento los roles y rotación de trabajo de los funcionarios de
la Sección.
x.
Determinar y comunicar a
la Jefatura
del Departamento los niveles de acceso a los sistemas de información por parte
de los funcionarios de
la Sección.
y.
Llevar el registro y control de las operaciones y plazos del internamiento
temporal de las mercancías en régimen de Zona Franca, respaldadas con prendas
aduaneras, así como de la salida temporal de maquinaria y equipo por
subcontratación, y su reingreso por medio del internamiento temporal.
z. Llevar el registro y control de los plazos y prendas aduaneras,
relacionadas con la salida por internamiento temporal al territorio aduanero
nacional de maquinaria, vehículos y equipo o con operaciones de traslado
(movilizaciones) por ventas entre empresas del régimen de Zona Franca.
aa.
Llevar el registro y control de los casos excepcionales, en los cuales no se
utiliza el pago electrónico de la obligación tributaria aduanera y demás
tributos.
bb. Otras
que le delegue y encomiende
la Jefatura
del Departamento.
Para el cumplimiento de
sus funciones
la Sección
contará con un Jefe.
(Así
reformado por el artículo 1° del Decreto Ejecutivo N° 34475 de 4 de abril de
2008).
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