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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25270 >> Fecha 14/06/1996 >> Articulo 23
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Normativa - Decreto Ejecutivo 25270 - Articulo 23
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Artículo 23
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Artículo 23.—Competencia del Departamento de Verificación Técnica

El Departamento de Verificación Técnica tendrá las siguientes funciones:

  1. Realizar estudios para la correcta determinación del origen de las mercancías y su incidencia en las funciones de clasificación y coordinar la difusión de información relativa a su área de actividad.
  2. Formular, las normas relativas a la interpretación de la clasificación arancelaria de las mercancías, a efecto de uniformar su aplicación. Verificar la aplicación de los convenios internaciones que incidan en la materia propia de su competencia y garantizar su adecuada implantación y cumplimiento en el Servicio.
  3. Conocer y preparar las resoluciones a los reclamos y recursos de reconsideración planteados ante la Dirección General, en materia de clasificación arancelaria y origen de las mercancías.
  4. Conocer y preparar las resoluciones a los recursos de revisión jerárquica referentes a clasificación arancelaria y origen de las mercancías, interpuestos ante la Dirección contra actos emitidos por las aduanas.
  5. Brindar apoyo técnico a las aduanas en la aplicación de las políticas en materia de clasificación y origen de las mercancías.
  6. Colaborar con la División de Control y Fiscalización para el adecuado ejercicio de sus funciones.
  7. Elaborar estudios en materia de clasificación y origen y producir los análisis y recomendaciones correspondientes; mantener actualizados los sistemas de información arancelaria, y normas técnicas.
  8. Interpretar las análisis químicos emitidos por el Laboratorio Aduanero, para aplicar la correcta clasificación de las mercancías.
  9. Comprobar el cumplimiento de las reglas de origen de las mercancías para aplicar preferencias arancelarias, de conformidad con los tratados internacionales aprobados por Costa Rica y las normas derivadas de ellos.
  10. Emitir los criterios anticipados y consultas técnicas en la materia de su competencia.
  11. Otras que le encomiende la jefatura de la División.

El Departamento de Verificación estará a cargo de un Jefe.

 

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