CAPÍTULO X
CAPÍTULO X
De la declaración
del valor en aduana
Artículo 26.En
la importación de mercancías, se deberá presentar la Declaración del Valor, que
deberá contener la información, elementos y demás datos exigidos en el formulario e
instructivo de llenado que aparecen como anexo del presente Reglamento.
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