ARTÍCULO 10
ARTÍCULO 12.- El
Tratado reafirma el pleno respeto a la Constitución Política de Costa Rica y
reconoce el derecho del Estado de mejorarla y de establecer, modificar o
derogar sus propias normas, estándares y políticas en materia laboral, así como
la posibilidad de determinar las acciones reguladoras o de la Administración sobre
los temas laborales. Todo de conformidad con la Declaración de la OIT relativa
a los Principios y Derechos Fundamentales en Trabajo de 1998 y demás convenios
internacionales vigentes.
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