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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36757 >> Fecha 28/07/2011 >> Articulo 29
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36757 - Articulo 29
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Artículo 29
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SECCIÓN TERCERA

Importación temporal al amparo
de concesión de obras públicas

Artículo 29.—De la concesión de obras públicas. La Declaración Aduanera de las mercancías que se importen temporalmente al amparo de una concesión de obras públicas deberán ser tramitadas por medio de un agente aduanero.

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