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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40140 >> Fecha 17/11/2016 >> Articulo 23
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40140 - Articulo 23
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Artículo 23
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Artículo 23.- Requisitos para el traspaso de vehículos automotores, aeronaves y embarcaciones.

En cada traspaso que se haga de vehículos, aeronaves y embarcaciones sujetos al pago de este tributo, para ser inscrito nuevamente, debe comprobarse que se está al día en el pago del impuesto, de lo contrario el Registro Nacional no dará curso al traspaso solicitado.


 

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