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TITULO V
DERECHOS
Y GARANTIAS SOCIALES
Capítulo
Único
ARTÍCULO 50.- El Estado procurará el mayor bienestar a todos
los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más
adecuado reparto de la riqueza.
Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos
que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado.
El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho.
La ley determinará las responsabilidades y las sanciones
correspondientes.
(Así
reformado por el artículo 1º de la Ley No.7412 de 3 de junio de 1994)
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