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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41818 >> Fecha 17/06/2019 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41818 - Articulo 4
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Artículo 4
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ARTÍCULO 4.- Que conforme a lo establecido en los artículos 1, 2 y 3 del presente Decreto, se cambia la estructura del Decreto Ejecutivo N° 18445-H del 9 de setiembre de 1988 y sus reformas, quedando de la siguiente forma:

1) Se crea el Título I, denominado “Impuesto sobre las Utilidades”, que contiene los siguientes capítulos y artículos:

a) Capítulo I, llamado “Objeto del impuesto”, que contiene los artículos 1, 2, 3, 3 bis, 3 ter y 3 quarter.

b) Capítulo II, llamado “Contribuyentes y entidades no sujetas”, que contiene los artículos 4,4 bis, 4 ter, 5 y 6.

c) Capítulo III, denominado “Período del impuesto”, que contiene el artículo 7.

d) Capítulo IV, denominado “Determinación de la base imponible”, que contiene los artículos 8 y 8 bis, 9, 10, 11,12, 12 bis y 12 ter.

e) Capítulo V, intitulado “De las rentas netas presuntivas”, que comprende los artículos 13, 14 y 15.

f) Capítulo VI, intitulado “Tarifa y deducciones del impuesto”, que abarca los artículos 16, 16 bis, 17 y 17 bis.

g) Capítulo VII, llamado “Declaración, liquidación y pago”, que incluye los artículos 18,19, 20 y 21.

h) Capítulo VIII, llamado “De los regímenes especiales”, que abarca los artículos 22, 23 y 24.

2) Se crea el título II, denominado “Impuesto sobre las Rentas del Capital y las Ganancias y Pérdidas del Capital”, que abarca los siguientes capítulos y artículos:

a) Capítulo I, llamado “Objeto del impuesto”, que contiene los artículos 25, 26, 27, 28, 29 y 30.

b) Capítulo II, llamado “Contribuyentes”, que abarca los artículos 31, 32 y 32 bis.

c) Capítulos III, denominado “Exenciones”, que abarca el artículo 33.

d) Capítulo IV, denominado “Determinación de la base imponible”, que incluye los artículos 34, 35, 36, 37 y 38.

e) Capítulo V, intitulado “Hecho generador del impuesto”, que comprende los artículos 39 y 40.

f) Capítulo VI, intitulado “Liquidación, pago y compensación del impuesto”, que comprende los artículos 41, 42, 43, 44, 45 y 46.

3) Se crea el título III, llamado “Impuesto único sobre las rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación o pensión u otras remuneraciones por servicios personales”, que abarca los siguientes capítulos y artículos:

a) Capítulo I, llamado “Objeto del impuesto”, que contiene el artículo 47.

b) Capítulo II, llamado “Tarifa del impuesto”, que abarca los artículos 48 y 49.

c) Capítulo III, denominado “De los períodos de trabajo discontinuos o mayores”, que contiene el artículo 50.

d) Capítulo IV, denominado “Situaciones especiales”, que contiene los artículos 51, 52 y 53.

e) Capítulo V, denominado “Retención y pago del impuesto”, que incluye los artículos 54,55 y 56.

4) Se crea el título IV, llamado “Impuesto sobre remesas al exterior, que contiene un Capítulo Único, denominado “Impuesto sobre remesas al exterior”, que incluye los artículos 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63 y 64.

5) Se crea el título V, denominado “Operaciones entre partes vinculadas”, que contiene un Capítulo Único, denominado “Operaciones entre partes vinculadas”, que abarca los artículos 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73 y 74.

6) Se crea el título VI, llamado “Gestión del impuesto”, que abarca los siguientes capítulos y artículos:

a) Capítulo I, llamado “Administración y fiscalización”, que contiene el artículo 75.

b) Capítulo II, llamado “Certificados para efectos tributarios”, que contiene los artículos 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88 y 89.

c) Capítulo III, denominado “Obligaciones del contribuyente”, que abarca los artículos 90, 91, 92, 93 y 94.

d) Capítulo IV, denominado “Inventarios y registro”, que abarca los artículos 95 y 96.

e) Capítulo V, intitulado “Regulaciones para otorgar incentivos a las exportaciones”, que contiene los artículos 97, 98 y 99.

f) Capítulo VI, intitulado “De las disposiciones transitorias, derogación y vigencia”, que abarca los artículos 100, 101, 102, 103 y 104.

g) Capítulo VII, llamado “De la retención del uno por ciento como pago a cuenta del impuesto”, que incluye los artículos 105, 106 y 107.


 

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