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 Normativa >> Ley 6227 >> Fecha 02/05/1978 >> Articulo 8
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Normativa - Ley 6227 - Articulo 8
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Artículo 8
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Artículo 8º.-El ordenamiento administrativo se entenderá integrado por las normas no escritas necesarias para garantizar un equilibrio entre la eficiencia de la Administración y la dignidad, la libertad y los otros derechos fundamentales del individuo.

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