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TITULO VII
REGIMENES ADUANEROS
CAPITULO I
GENERALIDADES
ARTICULO 109.- Concepto
Se entenderán por regímenes aduaneros, las
diferentes destinaciones a que pueden quedar sujetas las mercancías que
se encuentran bajo control aduanero, de acuerdo con los términos de la
declaración presentada ante la autoridad aduanera.
Los reglamentos establecerán los procedimientos, los
requisitos y las condiciones necesarios para aplicar los regímenes
aduaneros.
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