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 Normativa >> Ley 2160 >> Fecha 25/09/1957 >> Articulo 5
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Normativa - Ley 2160 - Articulo 5
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Artículo 5
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ARTICULO 5º.-

La dirección general de la enseñanza oficial corresponderá a un Consejo Superior integrado como señale la ley y presidido por el Ministro del ramo.

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