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 Normativa >> Ley 3859 >> Fecha 07/04/1967 >> Articulo 37
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Normativa - Ley 3859 - Articulo 37
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Artículo 37
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37

Artículo 37.- Quedan exentos del uso de papel sellado, timbres y derechos de registro, los actos y contratos en que participen las asociaciones de desarrollo comunal, relativos a la realización de sus fines.

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