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 Normativa >> Ley 7818 >> Fecha 02/09/1998 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 7818 - Articulo 1
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Artículo 1
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LEY ORGANICA DE LA AGRICULTURA E

INDUSTRIA DE LA CAÑA DE AZUCAR

TITULO I

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO UNICO

ARTÍCULO 1.- La presente ley tiene por objetivos mantener un régimen

equitativo de relaciones entre los productores de caña y los ingenios de

azúcar, que garantice a cada sector una participación racional y justa;

asimismo, ordenar, para el desarrollo óptimo y la estabilidad de la

agroindustria, los factores que intervienen tanto en la producción de la

caña como en la elaboración y comercialización de sus productos.

El régimen jurídico aplicable a las relaciones entre los industriales

y los productores agrícolas establecidos en esta ley, no se aplicará a la

producción y comercialización de la panela o tapa de dulce.

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