48
ARTÍCULO 48.- Para ser válidos, los acuerdos y las resoluciones de la
Asamblea Nacional Electoral Cañera requieren la aprobación de la mayoría
de los delegados presentes. La votación se repetiría cada vez que se
empate y, si persiste el empate, el asunto se considerará desechado. No
obstante, tratándose de nombramientos, si el empate se mantuviere quedará electo quien resulte favorecido por sorteo.
|