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LEY ORGANICA DE LA AGRICULTURA E
INDUSTRIA DE LA CAÑA DE AZUCAR
TITULO I
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO UNICO
ARTÍCULO 1.- La presente ley tiene por objetivos mantener un régimen
equitativo de relaciones entre los productores de caña y los ingenios de
azúcar, que garantice a cada sector una participación racional y justa;
asimismo, ordenar, para el desarrollo óptimo y la estabilidad de la
agroindustria, los factores que intervienen tanto en la producción de la
caña como en la elaboración y comercialización de sus productos.
El régimen jurídico aplicable a las relaciones entre los industriales
y los productores agrícolas establecidos en esta ley, no se aplicará a la
producción y comercialización de la panela o tapa de dulce.
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