PODER LEGISLATIVO
N° 8220
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
Decreta:
PROTECCIÓN AL CIUDADANO DEL EXCESO DE
REQUISITOS Y TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
Artículo 1º—Ámbito de aplicación. La presente Ley es aplicable a toda la
Administración Pública, central y descentralizada, incluso instituciones
autónomas y semiautónomas, órganos con personalidad jurídica instrumental,
entes públicos no estatales, municipalidades y empresas públicas. Se exceptúan
de su aplicación los trámites y procedimientos en materia de defensa del Estado
y seguridad nacional.
Para los efectos de esta Ley, se entenderá por administrado a toda persona
física o jurídica que, en el ejercicio de su derecho de petición, información
y/o derecho o acceso a la justicia administrativa, se dirija a la
Administración Pública.
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