Buscar:
 Normativa >> Ley 8888 - A >> Fecha 03/11/2010 >> Articulo 1
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 1     >>
Normativa - Ley 8888 - A - Articulo 1
Ir al final de los resultados
Artículo 1
Versión del artículo: 1  de 1

N° 8888

LA ASAMBLE A LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA

 

PROTOCOLO

En el momento de proceder a la firma del Convenio entre el Reino de España y la República de Costa Rica para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, los signatarios han convenido en las siguientes disposiciones que forman parte integrante del Convenio:

I.      Sin perjuicio del contenido de este Protocolo, las disposiciones de este Convenio se interpretarán de acuerdo a los comentarios del Modelo de Convenio de la OCDE, en su edición de 2003.

Las disposiciones de este Convenio no impedirán la aplicación, por parte de los Estados Contratantes, de cláusulas tendentes a evitar el abuso en la aplicación del Convenio previstas en sus respectivas legislaciones internas.


 

Ir al inicio de los resultados