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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38277 >> Fecha 07/03/2014 >> Articulo 157
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38277 - Articulo 157
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Artículo 157
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Artículo 157.- Propuesta de regularización.

Siempre que los resultados obtenidos en la actuación de comprobación e investigación supongan diferencias de las bases imponibles o de las cuotas tributarias declaradas, el funcionario a cargo debe proponerle al sujeto pasivo la conformidad con la propuesta de regularización que establece el artículo 144 del Código, la cual se formulará para cada concepto que afecte la base imponible y la cuota tributaria determinada, respecto al impuesto y período fiscal objeto de comprobación. Todo lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 165 de este Reglamento.


 

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