El presente Tratado Internacional fue publicado en formato digital en La Gaceta que se indica.
De conformidad con el artículo 21.2 el presenteTratado entrará en vigor entre México y cada Estado Centroamericano a los 30 días siguientes de la fecha en que notifique por escrito que ha completado los procedimientos legales internos para el entrada en vigor del instrumento.
De conformidad con la resolución Res-DGA-145 del 22 de mayo de 2013, de la Dirección General de Aduanas el presente Tratado entró en vigencia el 1° de julio de 2013.
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