Artículo
26.-Los departamentos antes citados que conforman la Dirección de Recursos
Externos, para el desempeño de sus funciones tendrán las divisiones técnicas
que se consideren necesarias.
(Así corrida su numeración por el
artículo 2° del decreto ejecutivo N° 21093 del 9 de enero de 1992, que lo
traspasó del antiguo 122 al 131 actual. Posteriormente mediante el inciso 1 del
artículo 39 del decreto ejecutivo N° 23780 del 7 de noviembre de 1994, se
deroga el anterior artículo 26 debiendo corregirse la numeración, pasando el
antiguo 131 al 26 actual).
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