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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19420 >> Fecha 13/11/1989 >> Articulo 21
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Normativa - Decreto Ejecutivo 19420 - Articulo 21
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Artículo 21
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De la Dirección de Recursos Externos

 

Artículo 21.-La. Dirección de Recursos Externos funcionará como órgano especializado en las actividades relacionadas con los trámites y administración de préstamos externos, donaciones y programas de cooperación técnica.

 

(Así corrida su numeración por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 21093 del 9 de enero de 1992, que lo traspasó del antiguo 117 al 126 actual. Posteriormente mediante el inciso 1 del artículo 39 del decreto ejecutivo N° 23780 del 7 de noviembre de 1994, se deroga el anterior artículo 21 debiendo corregirse la numeración, pasando el antiguo 126 al 21 actual ).

 

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