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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19420 >> Fecha 13/11/1989 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 19420 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4°-Para las instituciones del sector público, tanto centralizado como descentralizado, la zonificación agropecuaria debe ser un instrumento normativo en el desarrollo de toda actividad que esté contemplada en el artículo 2° de la Ley y de este Reglamento.

 

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