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N°
7142
LA ASAMBLEA
LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY DE PROMOCION DE
LA IGUALDAD SOCIAL DE LA MUJER
TITULO I
De la
igualdad de derechos de hombres y mujeres
CAPITULO I
Disposiciones
generales
Artículo
1°-Es obligación del Estado promover y garantizar la igualdad de
derechos entre hombres y mujeres en los campos político, económico,
social y cultural.
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