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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 21996 >> Fecha 02/02/1993 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 21996 - Articulo 1
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No 21996-MP-MTSS-H-MEP-MIDEPLAN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA, TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, HACIENDA, EDUCACIÓN PUBLICA

Y PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 inciso 3) de la Constitución Política, artículos 1,26, siguientes y concordantes de la Ley de Creación del Régimen General de Pensiones con Cargo al Presupuesto Nacional, de otros regímenes especiales y reforma a la ley No 7092 del 21 de abril de 1988 y sus reformas, Ley de Impuestos sobre la Renta y,

Considerando:

1°—Que ha sido manifiesta la posición del Gobierno de la República de equilibrar las finanzas públicas en todos los campos del quehacer Nacional, particularmente en aquellos donde las pensiones o jubilaciones son de especial interés.

2°—Que para normalizar las erogaciones de fondos públicos se creó e legislación específica, unificada, moderna y sobre todo igualitaria para todos los sistemas jubilatorios de funcionarios públicos del país.

3°—Que la ley 7302 del ocho de julio de mil novecientos noventa y dos establece, además de los principios generales, regulaciones especiales para a regímenes de los Diputados, para el cónyuge supérstite de los Beneméritos de la Patria, los autores de Símbolos Nacionales, las personas galardonadas con el Premio Magón, para las pensiones de guerra y ex Presidentes de la República, con el fin de actualizar y unificar las legislaciones vigentes.

4°—Que el Gobierno de la República consciente de la necesidad de modernizar la legislación social del país, tanto en aspectos de fondo como de forma, desea continuar el desarrollo de los términos de la ley, de conformidad con los principios constitucionales de legalidad y justicia social. Por tanto,

DECRETAN:

Reglamento a la ley No 7302

Ley de Creación del Régimen General de Pensiones con Cargo al Presupuesto Nacional, de Otros Regímenes Especiales y Reforma a la Ley No 7092 del 21 de Abril de 1988 y sus Reformas, Ley del Impuesto sobre la Renta.

TITULO I CAPITULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1.—Este reglamento regula la administración, el control, el otorgamiento de pensiones, de jubilaciones y de indemnizaciones, y los demás alcances del Régimen General de Pensiones con cargo al Presupuesto Nacional y los otros Regímenes Especiales a que se refiere la ley No 7302 de 8 de julio de H publicada en "La Gaceta" No 134 del 15 de julio de 1992.

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